Utilidades / Actualización de renta

¿Me pueden subir tanto?

La renta sólo se actualiza una vez al año, en la fecha del contrato, si el contrato lo dice y nunca por encima del índice que marca la ley.

Orientativo. Resume la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda, pero cada contrato tiene su letra pequeña. Antes de actuar, tráelo a la asamblea o, si eres afiliada, abre un caso.

Qué dice la ley
  • Sin cláusula de actualización en el contrato, la renta no se actualiza (LAU, art. 18.1).
  • Actualizaciones en 2023: tope del 2 %. En 2024: tope del 3 % (Ley 12/2023, disposiciones transitorias).
  • Desde 2025, contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023: tope el IRAV del INE del mes de la actualización, aunque el contrato diga IPC.
  • Contratos anteriores al 26 de mayo de 2023: se aplica el índice pactado, normalmente el IPC.
  • El arrendador tiene que comunicarla por escrito y sólo se aplica desde el mes siguiente a la comunicación. No puede reclamar atrasos de meses en los que no la comunicó (art. 18.3).